AYUDA 2023 PARA SOCIEDADES CREATIVAS DE BIZKAIA

AYUDA 2023 PARA SOCIEDADES CREATIVAS DE BIZKAIA

Desde:
12-05-2023
Hasta:
12-06-2023

¿Tienes una sociedad creativa en Bizkaia? No te pierdas esta subvención de hasta 40.000 € Y 85.000 € para nuevas empresas.

 

 

Requisitos para acceder a la ayuda:


Las empresas creativas*

→ con un empleo a jornada completa equivalente

→ Actividad principal en las áreas de:

Audiovisual: diseñar o producir contenidos multimedia.
Videojuegos: diseñar o producir contenidos de videojuegos.
Moda: operar al menos en la fase de diseño dentro de la cadena de valor del sector.
Diseño industrial de productos y servicios: ofrecer soluciones formales y funcionales propias que no se correspondan a desarrollos llave en mano y que se incorporen al catálogo de producto/servicio de la empresa solicitante.

Queda excluido el diseño gráfico y diseño de interiores.

El empleo requerido para cumplir la condición de beneficiaria deberá estar adscrito al centro de producción de Bizkaia y desarrollar su trabajo en Bizkaia.

Δ*Empresa creativa: Empresa dedicada al desarrollo de soluciones originales de carácter creativo. Estas empresas combinan la creación, la producción y la comercialización con el objetivo de obtener productos o servicios que contienen elementos estéticos, creativos y funcionales.Δ

→ Tener su domicilio social y fiscal en el Territorio Histórico de Bizkaia.
→ Tener al menos un centro productivo en el Territorio Histórico de Bizkaia.
→ Estar legalmente constituidas como sociedad mercantil o cooperativa o asociación sin ánimo de lucro.
→ Encontrarse dadas de alta en el IAE.

 

 

Gastos que se subvencionan:


a) Estudios de viabilidad, de mercado y estudios de marketing, así como informes técnicos.

b) Desarrollo del concepto, características y funcionalidades básicas del producto o servicio.

c) Asesoramiento externo para el desarrollo del proyecto.

d) Protección de la propiedad intelectual o industrial, registros, certificaciones y homologaciones.

e) Viajes y asistencia a ferias.

f) Gastos de lanzamiento.

g) Gastos internos de personal destinado al proyecto.

Adicionalmente, en el caso de nuevas empresas con primera fecha de alta en el IAE igual o posterior al 1 de enero de 2021;

a) Prima por constitución de la nueva empresa.

b)Arrendamiento de un local de negocio en Bizkaia.

c) Contratación de una persona desarrolladora del negocio.

Los gastos subvencionables definidos en la base anterior deberán realizarse y estar efectivamente pagados entre el 1 de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2024

 

Todo el contenido del Decreto Foral AQUÍ

 

Si necesitas que te envíes un presupuesto para asesoramiento, no dudes en solicitárnoslo.

 

Recordarte que en ASESORÍA PROYECTA , contamos con un Dpto. de Subvenciones.

 

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