PLAN 2i PROMOCION DE LA INNOVACIÓN Y LA INVERSIÓN AVANZADA

PLAN 2i PROMOCION DE LA INNOVACIÓN Y LA INVERSIÓN AVANZADA

subvencion bizkaia
Desde:
09-04-2018
Hasta:
27-04-2018

La D.F. de Bizkaia ha aprobado las bases y la primera convocatoria del PLAN 2i DE PROMOCIÓN DE LA INNOVACIÓN Y LA INVERSIÓN AVANZADA 2018 mediante Decreto Foral 160/2017, de 19 de diciembre.

¿Qué se subvenciona?

  • Las inversiones iniciadas y finalizadas entre el 1 de Enero 2017 y el 30 de Junio de 2019.

En concreto, se considerarán subvencionables:

  • Gastos externos directamente vinculados al proyecto.
  • Inversiones en inmovilizado (que mejoren la posición competitiva de la empresa y sean tecnológicamente avanzadas), en concreto la adquisición de:

Aplicaciones informáticas (programas informáticos, desarrollo páginas web, etc.- NO SE SUBVENCIONA CRM, ERP, ETC…)

Instalaciones técnicas (de utilización en el proceso productivo: piezas, maquinaria, material, sistemas informáticos…)

– Maquinaria (conjunto de máquinas mediante las que se extrae o elabora el producto: carretillas, etc…)

– Otras instalaciones (redes de instalación eléctrica, gas, aire acondicionado….)

– Equipos para procesos de información (ordenadores y demás conjuntos electrónicos)

  • Gastos internos del personal destinados al proyecto

¿Cuál es el importe de la subvención?

CATEGORIA % MAXIMO AYUDA
Gastos externos vinculados 40% – 60%
Otros gastos externos 25% – 35%
Inversión en inmovilizado 6% – 15%
Gastos internos de personal 25% – 35%

Importe subvención máxima: 100.000 €

No se concederán ayudas inferiores a 6.000 €

¿A quién va dirigida?

  • A empresas dedicadas a Industria, Construcción, Transporte, Servicios conexos con la Industria, Turismo y Comercio al por mayor (excluidos autónomos y c.bienes/s.civiles)
  • Domicilio Social y fiscal, y al menos un centro productivo en Bizkaia.
  • Plantilla entre 5 -100 trabajadores (a jornada completa)
  • No superar 20.000.000 € de volumen anual de negocio o 20.000.000 € de balance general.
  • Encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias frente a S.S.
  • No haber sido sancionadas, administrativa o penalmente.

¿Cuándo se puede solicitar?

  • Desde el 09 de Abril 2018 hasta el 27 de Abril 2018 (13.30 pm)

¿Cuál será el criterio de concesión de la subvención?

  • Se concederán en régimen de concurrencia competitiva mediante la comparación de las solicitudes presentadas.

¿QUÉ TIENES QUE HACER PARA SOLICITARLA?

Esta subvención la puedes solicitar desde el Departamento de Administración de tu empresa o, si prefieres, puedes contratar la solicitud y gestión de la misma con Proyecta.
En el caso de que decidas hacerlo con Proyecta, no dudes en avisarnos.

 

El equipo de Proyecta Asesoría Integral.

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