
A los empresarios/as, profesionales individuales, socios/as intengrantes de comunidades de bienes y sociedades civiles que cumplan lo siguiente:
– Haberse dado de alta en el IAE en el período comprendido entre el 29/07/ 2017 y el 04/10/2018.
– Estar empadronado y tener residencia efectiva en el País Vasco.
– Haber estado desempleado e inscrito como demandante de empleo en Lanbide en la fecha de alta del IAE.
Cuotas relativas al pago de autónomos de la Seguridad Social.
* Los gastos subvencionables a los que se refieren las letras a), d) y f) serán los correspondientes a 6 meses, contados desde el día siguiente a aquel en el que se notifique la resolución estimatoria de la subvención.
* Los gastos subvencionables a los que se refieren las letras b), c) y e) serán los devengados y pagados desde el 05/10/2018 y hasta los 6 meses contados desde el día siguiente a aquel en el que se notifique la resolución estimatoria de la subvención.
Esta subvención la puedes solicitar desde el Departamento de Administración de tu empresa o, si prefieres, puedes contratar la solicitud y gestión de la misma con Proyecta.
En el caso de que decidas hacerlo con Proyecta, no dudes en avisarnos.
Coméntanos en que te podemos ayudar y te responderemos en 24 horas.
escribe tu mensaje
Podemos vernos en nuestras oficinas o te hacemos una visita, ¡lo que prefieras!
solicita una reunión
El Calendario Laboral de Bizkaia 2026 ya está disponible. En esta guía de Proyecta Asesoría te mostramos todos los festivos del País [...]
Leer más
Cómo pagar menos Impuesto de Sociedades en Bizkaia en 2025: todas las deducciones que puedes aprovechar antes de fin de año El final [...]
Leer más
¿Sabías que todavía estás a tiempo de pagar menos impuestos en tu Renta 2025 si actúas antes del 31 de diciembre de este año? La [...]
Leer másContacta ahora con nosotros