AYUDAS DESTINADAS A INCENTIVAR EL EMPRENDIMIENTO COMERCIAL  PARA AUTÓNOMOS/AS Y EMPRESAS -2018-

AYUDAS DESTINADAS A INCENTIVAR EL EMPRENDIMIENTO COMERCIAL PARA AUTÓNOMOS/AS Y EMPRESAS -2018-

PROYECTA ASESORIA
Desde:
10-10-2018
Hasta:
09-11-2018

AYUDAS DESTINADAS A INCENTIVAR EL EMPRENDIMIENTO COMERCIAL PARA AUTÓNOMOS/AS Y EMPRESAS -2018- Aprobada 09/10/2018 (BOPV nº195, 09 de Octubre de 2018)

¿A quién va dirigida?

Cualquier empresa ubicada en el País Vasco cuya actividad sea comercial, que haya iniciado su actividad a partir del 1 de Julio de 2017, o, si existía antes, haya abierto un nuevo local al público.

¿Qué se subvenciona?

Gastos realizados entre el 1 de Enero de 2018 – 31 Diciembre 2018.

Los gastos subvencionables son los siguientes:

  • Gastos de constitución: registro, notaría, asesoría, proyectos técnicos.
  • Gastos de puesta en marcha: alquiler de local, estudios de viabilidad, registro de marcas, diseño de la imagen corporativa.
  • Inversiones en activos fijos: adecuación de las instalaciones, adquisición del mobiliario y equipamiento, incluido el informático, así como la implementación de soluciones tecnológicas.
  • Los elementos de transporte serán subvencionables siempre que la actividad de la empresa se desarrolle en los mismos o resulten imprescindibles para su desarrollo.
  • En caso de la adquisición de inmovilizado mediante leasing, serán subvencionables las cuotas facturadas o presupuestadas, sin intereses ni gastos correspondientes al período subvencionable.
  • El equipamiento, mobiliario y enseres objeto de subvención deberán ser nuevos, e incorporarse al activo de la empresa/establecimiento y permanecer en funcionamiento en la misma durante al menos un año a partir de la fecha de facturación.
  • Las inversiones consistentes en: instalaciones eléctricas, iluminación, aislamiento y climatización, consumos de agua y energía, adquisición de electrodomésticos deberán realizarse bajo criterios de eficiencia energética.
  • Las páginas web subvencionadas deberán estar actualizadas durante un período mínimo de 1 año.

¿Cuál es el importe de la subvención?

La cuantía de la ayuda será del 70% del importe subvencionable admitido, siendo la subvención máxima por solicitud 20.000 €.

¿Cuándo se puede solicitar?

El plazo de presentación será de un mes desde el 10/10/2018 hasta el 9/11/2018

¿Cuál será el criterio de concesión de la subvención?

La resolución de las ayudas se realizará ordenadamente en función del momento en que las mismas queden completadas.

¿QUÉ TIENES QUE HACER PARA SOLICITARLA?

Esta subvención la puedes solicitar desde el Departamento de Administración de tu empresa o, si prefieres, puedes contratar la solicitud y gestión de la misma con Proyecta.

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