La Diputación Foral de Bizkaia ha aprobado las bases de la concesión de subvenciones para el FOMENTO DEL AUTOEMPLEO Y LA CREACION DE EMPRESAS POR PERSONAS DESEMPLEADAS Y EN RIESGO DE EXCLUSION 2018 mediante Decreto Foral 39/2018 de 20 de Marzo de 2018 (BOB nº 59 de 23-03-18)
¿Qué se subvenciona?
Los gastos de puesta en marcha de la empresa generados durante el primer año de actividad, tales como arrendamiento del local, suministros (luz, agua, teléfono, etc.), primas de seguro, limpieza y mantenimiento, material de oficina, asesoría fiscal, servicios profesionales independientes, publicidad y promoción, cotizaciones a la Seguridad Social.
La subvención mínima por entidad es de 5.000 €, y la subvención máxima de 15.000 €.
A empresas cualquiera que sea su forma jurídica, incluido los empresarios individuales, comunidades de bienes y sociedades civiles.
– Tener domicilio social y fiscal y centro de trabajo en Bizkaia.
– Alta en actividades económicas y entre el 16 de Septiembre 2017 y el 14 de Septiembre de 2018, ambos inclusive.
– Al menos una de las personas promotoras – residente en Bizkaia* (con una antigüedad mínima de 3 meses en el momento inmediato anterior a la fecha de alta en actividades económicas) -, ha de acreditar el desempleo en el momento inmediato anterior a la fecha de alta en actividades económicas y haberse dado de alta en Seguridad Social (autónomos) entre el 16 de Septiembre de 2017 y 14 de Septiembre de 2018.
– Al menos una de las personas promotoras ha de haber realizado la formación individualizada detallada en el art. 2 del DF 15/2017 en el período comprendido entre el 16 de Septiembre de 2017 y el 30 de julio de 2018.
(Excepcionalmente, se admiten cursos y planes de negocio realizados desde 1 de Julio al 15 de Sept. 2017)
– Estar al corriente de sus obligaciones tributarias o frente a la seguridad social.
El importe de 5.000 € se incrementará en 2.000 € por cada persona promotora que forme parte de la entidad y acredite su residencia en Bizkaia (al menos durante 3 meses ininterrumpidos antes del alta en actividades económicas), se haya dado de alta en autónomos entre el 16 de Septiembre 2017 y 14 de Septiembre de 2018 y acredite el desempleo en el momento inmediato anterior al alta en actividades económicas.
A partir del 20 de junio de 2018 podrás presentar la solicitud.
Se concederán por régimen de concurrencia competitiva (mediante comparación de solicitudes presentadas) -no por orden de presentación.-
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