
Apoyar la contratación y el mantenimiento del empleo mediante la contratación indefinida o la conversión de contrato temporal en indefinido
Empresas de Bizkaia, cualquiera que se su forma jurídica, los empresarios y empresarias individuales y profesionales, las comunidades de bienes y sociedades civiles, así como las asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro que cumplan los siguientes requisitos:
1) Tener el domicilio social, fiscal y el centro de trabajo en Bizkaia.
2) Tener una plantilla de hasta a 250 personas.
3) No hallarse participada directa o indirectamente en más de un 25% por empresas que no reúnan los requisitos anteriores.
4) Residencia habitual en Bizkaia de empresarios o empresarias individuales o profesionales, y personas socias o comuneras.
5) Hallarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Personas empadronadas en Bizkaia que pertenezcan a los siguientes colectivos:
a) Personas menores de 50 años.
b) Personas desempleadas de larga duración.
d) Personas con una discapacidad igual o superior al 33 %.
e) Personas en riesgo de exclusión.
Serán subvencionables los contratos indefinidos formalizados ♦entre el 31 de Julio de 2024 y 30 de julio de 2025♦ con las personas del apartado anterior:
No se subvenciona la conversión de contratos temporales a indefinidos.
No pueden contratarse familiares directos del empleador (hasta segundo grado).
Para los contratos indefinidos:
• 3.000 euros
• 3.600 euros si es una mujer
• 3.750 euros para contratos en el ámbito de la transición ecológica hacia una economía verde o en el ámbito de la transformación digital
• 4.000 € si el contratado ha participado en programas de empleo del Departamento de Empleo.
Máximo de 10 contrataciones subvencionadas por empresa con un tope de 30.000 €.
El máximo de subvención concedida será de 30.000 € a cada entidad (10 contrataciones).
la solicitud y la documentación correspondiente deben presentarse en la Oficina Virtual del
Departamento de Empleo, Inclusión Social e Igualdad, a través de www.bizkaia.eus, accediendo por Trámites. Para ello deberá
disponer de firma electrónica (Izenpe, DNI electrónico, FEA, B@KQ…..)
Se conceden por orden de presentacion.
Ayuda publicada en el Decreto BOB PROGRAMA KONTRATA 2025
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