INDUSTRIA DIGITALA 2017- AYUDA APLICACIÓN TEICs en PYMES INDUSTRIALES.

INDUSTRIA DIGITALA 2017- AYUDA APLICACIÓN TEICs en PYMES INDUSTRIALES.

Desde:
01-05-2017
Hasta:
22-09-2017

(BOB 27 de Abril de 2017)

  • ¿Quiénes son los beneficiarios?

Las empresas industriales (PYMES) manufactureras así como las empresas que realicen tareas de diseño y montaje de productos industriales, que tengan un centro de trabajo en el PV.

  • ¿Qué se subvenciona?
    • Gestión de la cadena de suministro (Implantación de aplicaciones tipo SMC)
    • Gestión integrada de la información de la empresa (Implantación de aplicaciones tipo ERP, Business Intelligence)
    • Gestión del ciclo de vida del producto (Implantación de aplicaciones del tipo CAM CAE, PDM, DMF)
    • Sistemas de Control del proceso productivo (implementación de sistemas de Control Numérico, PLC).
    • Sistemas de captura de datos en planta (SCADA)
    • Sistemas de gestión de mantenimiento preventivo.
    • Sistemas de gestión logística asociados al proceso productivo.
    • Proyectos de sensórica de servitización.
    • Proyectos de sensórica asociados al producto y proceso productivo.
    • Proyectos de incorporación de TEICs que mejoren o automaticen la producción en planta y faciliten el análisis de la situación y la toma de decisiones.

No tendrán la consideración de actuaciones subvencionables la actualización o mantenimiento de aquellos proyectos que hayan sido objeto de una subvención anterior en el marco de un programa de SPRI.

  • ¿Cuál es el importe de la subvención?

La subvención máxima anual para apoyar los gastos de consultoría-ingeniería, hardware y software asociados al proyecto será de 18.000 euros para la realización de una o más actuaciones subvencionables a lo largo del ejercicio.

La subvención máxima por concepto subvencionable, dentro de los 18.000 euros de límite máximo de subvención global será el siguiente:

  • Hardware: máximo 4.500 euros.
  • Software: máximo 4.500 euros.
  • Gastos de Consultoría y/o Ingeniería: máximo 18.000 euros.

 

  • ¿Cuál es el gasto subvencionable?

Tendrán la consideración de gastos y/o inversiones elegibles los de consultoría, ingeniería, hardware y software que cumplan los siguientes requisitos:

– Devengados o facturados a partir de la presentación de la Solicitud de Ayuda en SPRI y durante los 12 meses siguientes a dicha fecha.

-Realizados por empresas expertas externas.
Para proyectos que contemplen la implantación de aplicaciones de gestión en formato tipo SAAS, también podrá ser considerado como gasto elegible el coste imputable a este tipo de servicio, durante un plazo máximo de 12 meses, siempre que cumplan las condiciones descritas en las actuaciones subvencionables.

  • ¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo de solicitud es hasta 22 Septiembre 2017

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