Nueva subvención de Lanbide para financiar tu proyecto empresarial

Nueva subvención de Lanbide para financiar tu proyecto empresarial

subvención asesoría proyecta

El 8 de Octubre Lanbide ha sacado una subvención para financiar los nuevos proyectos empresariales.

El objetivo de esta subvención es apoyar la creación y puesta en marcha de pequeñas empresas y microempresas mediante la subvención de los intereses de las operaciones de financiación de inversiones iniciales, suscritas con las entidades financieras que firmen el convenio de colaboración con Lanbide.

El plazo de presentación es hasta el 15 de noviembre de 2014.

¿Qué se subvenciona?

  1. Las operaciones tanto de préstamo como de arrendamiento financiero destinadas a la financiación de la inversión inicial en activos necesarios para la puesta en marcha de empresas de nueva creación.
  2. La financiación de la inversión inicial para la adquisición de los activos necesarios para la puesta en marcha de la nueva empresa o actividad :
        • Terrenos y bienes naturales
        • Construcciones
        • Instalaciones técnicas
        • Maquinaria
        • Utillaje
        • Otras instalaciones
        • Mobiliario
        • Equipos para procesos de información
        • Elementos de transporte, en el caso que la actividad principal sea el transporte de personas y/o mercancías
        • Otro inmovilizado material

¿Quién se puede beneficiar de esta subvención? ¿Qué requisitos hay que cumplir?

  1. Estar empadronado y tener residencia efectiva en la CAPV.
  2. Estar desempleado e inscrito como demandante de empleo en Lanbide.
  3. Contar con un proyecto de empresa o negocio que disponga de informe de viabilidad.
  4. No haber estado dado de alta en el IAE en el mismo epígrafe en que se dará de alta la nueva actividad, en los dos años anteriores a la fecha de solicitud de la subvención.
  5. Comprometerse a la creación de su propia empresa o negocio con dedicación exclusiva a la nueva actividad.
  6. Comprometerse al mantenimiento de la actividad empresarial objeto de la subvención durante un periodo mínimo de 2 años desde la fecha de alta en el IAE.
  7. Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de seguridad social. 
  8. No estar sancionado ni administrativa ni penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones , ni estar incurso en prohibición legal alguna que le inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por incurrir en discriminación por razón de sexo, para la igualdad de Mujeres y Hombre.

Si quieres tramitar esta subvención o conocer otras que puedan ser de interés para tu empresa, ponte en contacto con nosotros.

Puedes llamarnos al 94 464 00 66, mandarnos un email a noticias@asesoriaproyecta.com o hacernos una visita en Las Mercedes 31, 2ª planta de Las Arenas, Getxo.

Equipo Proyecta. Comprometidos contigo. 


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