¿Debo incluir en el impuesto sobre patrimonio las EPSV?

Las EPSV (Entidad de Previsión Social Voluntaria) se deben incluir dentro de la declaración de patrimonio aunque figurarán en el apartado de rentas exentas. Esto se debe a que el impuesto de patrimonio establece la exención de los derechos consolidados de los socios y los derechos económicos de los beneficiarios de las EPSV.

Por tanto, las EPSV se declaran pero no tributan.

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