¿Qué es y cuánto paga el FOGASA?

El FOGASA es el Fondo de Garantía Salarial. Todos los trabajadores por cuenta ajena pagan en la nómina un porcentaje que se destina al FOGASA, para que en caso de que las empresas no puedan pagar los salarios de los trabajadores, por quiebra o desaparición, el FOGASA se haga cargo de estos salarios.

Hasta ahora, el FOGASA también pagaba parte de la indemnización si te despedían por causas económicas, pero esto cambió a partir del 1 de enero de 2014.

¿Qué paga el FOGASA?

Salarios. El FOGASA realiza el abono a los trabajadores de los salarios con sus pagas extraordinarias, incluidos los de tramitación, pendientes de pago por declaración de insolvencia, o procedimiento concursal de la empresa.

La cantidad máxima a abonar por el Fondo de Garantía Salarial, es la que resulta de multiplicar el doble del salario mínimo interprofesional diario, con prorrateo de pagas extras, por el número de días pendientes de pago, con un máximo de 120 días.

Indemnizaciones. El FOGASA realiza el abono a los trabajadores de las indemnizaciones reconocidas como consecuencia de sentencia, auto, acto de conciliación judicial o resolución administrativa a favor de los trabajadores a causa de despido o extinción de los contratos.

Lo hace conforme a los artículos 50,51 y 52 del Estatuto de los Trabajadores, y artículo 64 de la ley 22/2003, de 9 de julio, Ley Concursal, así como las indemnizaciones por extinción de contratos temporales o de duración determinada en los casos que legalmente procedan.

En todos los casos con el límite de una anualidad, sin que el salario diario, base de cálculo, pueda exceder del doble del salario mínimo interprofesional, incluyendo la parte proporcional de las pagas extraordinarias.

El importe de la indemnización se calcula sobre la base de 20 días por año de servicio. Lo hace a efectos de abono por el Fondo de Garantía Salarial para los casos de despido o extinción de los contratos por voluntad del trabajador mediando causa justa.

Desde el 1 de enero de 2014, el FOGASA no paga directamente 8 días de los 20 de indemnización por despido objetivo en empresas de menos de 25 trabajadores.

La cantidad máxima a abonar es una anualidad, sin que el salario diario, base del cálculo, pueda exceder del doble del Salario Mínimo Interprofesional, con pagas extras.

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