¿Si estoy jubilado puedo trabajar en régimen general o autónomo y seguir cobrando parte de la jubilación?

Sí. El cobro de la prestación por jubilación es compatible con la realización de trabajos, ya sea en régimen general o como autónomo. Para ello, se deben cumplir una serie de requisitos:

  • Estar en edad legal de jubilación. No es posible en el caso de jubilaciones anticipadas o prejubilaciones.
  • Cotización de un mínimo de años para acceder con el 100% a la jubilación.
  • El trabajo que realice una vez que compatibilice las dos situaciones puede ser a jornada completa o parcial, aunque el cobro de la jubilación será del 50%.

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