A partir del 1 de enero de 2014 la tributación de todas las actividades económicas quedará sometida al método de ESTIMACIÓN DIRECTA simplificada o normal.
Por lo tanto, a partir de este año (declaración que se hace en el año 2015) se calcularán los rendimientos en estimación directa (ingresos menos gastos) simplificada o normal.
Los que opten por esta segunda modalidad deberán comunicarlo a la Hacienda Foral correspondiente. La Supresión del Módulo en la declaración de la Renta no afecta al Régimen Simplificado de IVA.
En principio todos aquellos que calculaban el rendimiento neto de su actividad con arreglo al sistema de módulos quedarán censados de forma automática en el método de Estimación Directa modalidad Simplificada. Las diferentes Haciendas han abierto plazo para que aquellos que prefieran optar por la modalidad de Estimación Directa Normal puedan hacerlo. La fecha límite es el 25 de abril de 2014.
El Régimen de Estimación Objetiva por Signos, Índices o Módulos del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF), más conocido como “módulos”, era un régimen simplificado de tributación, que era aplicable a pequeños empresarios y/o profesionales, a los que se les intentaba simplificar la administración de su actividad. En esta modalidad se establecía una estimación de los rendimientos de las actividades empresariales de las personas físicas en función de unos parámetros establecidos por el Ministerio de Hacienda.
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