
La Norma Foral 2/2025 introduce importantes beneficios fiscales para empresas en Bizkaia 2025 que contratan mujeres, jóvenes y aplican medidas de conciliación. Estas nuevas deducciones en el Impuesto sobre Sociedades buscan premiar a las compañías que van más allá de lo exigido por ley, fomentando la igualdad de oportunidades, el empleo estable y la conciliación laboral.
Flexibilidad horaria, jornada continua, teletrabajo, reducciones de jornada, excedencias, guardería gratuita, transporte…
Deben recogerse en un Plan de Conciliación.
Han de superar lo exigido por la ley (es decir, no basta con lo mínimo obligatorio).
Deben estar disponibles para toda la plantilla susceptible.
Ejemplos de lo que SÍ y NO aplica:
❌ No deduce: conceder la reducción de jornada por cuidado de hijos menores de 12 años (ya lo reconoce la ley).
✅ Sí deduce: ofrecer 2 tardes libres al mes a toda la plantilla para conciliación.
❌ No deduce: permiso de lactancia (obligatorio).
✅ Sí deduce: financiar guardería gratuita o habilitar una sala de lactancia.
✅ Sí deduce: implantar teletrabajo voluntario, aunque no exista obligación legal.
5% de la cuota líquida (máx. 2.500 €) en el ejercicio en que se apruebe el plan.
15% de la cuota líquida (máx. 7.500 €) si al menos 1/3 de la plantilla se acoge a esas medidas.
Microempresas y pymes: +5 puntos → 10% y 20% respectivamente (con los mismos límites).
Ejemplo práctico:
Una pyme aprueba en 2025 teletrabajo voluntario y el 40% de la plantilla se acoge.
→ Puede deducir el 20% de su cuota líquida, hasta 7.500 €.
A las empresas que hagan contratos indefinidos a:
Mujeres.
Jóvenes menores de 36 años.
35% del salario anual bruto.
Con límite: el importe del SMI vigente en el momento de la contratación (en 2025 ≈ 16.576 € brutos/año).
El salario inicial debe superar en un 10% el SMI.
A los 3 años, el salario que perciba debe superar en, al menos, el 70% del SMI vigente.
⚠️ Importante: esto no significa que se pueda pagar menos del SMI en jornada completa (eso lo prohíbe la ley laboral). Este umbral solo tiene sentido en contratos a tiempo parcial, donde el salario se ajusta proporcionalmente a la jornada.
La empresa debe mantener o incrementar su plantilla indefinida durante esos 3 años.
Si se incumple → habrá que regularizar y devolver lo deducido con intereses.
Ejemplo práctico:
Una empresa contrata en 2025 a una mujer de 28 años con salario bruto 25.000 €.
SMI 2025 = 16.576 €.
Límite deducción = 16.576 €.
Deducción aplicable = 35% de 16.576 € = 5.556 €.
La empresa podrá deducirse esa cantidad en su Impuesto sobre Sociedades.
Como hemos visto en los apartados anteriores, la Norma Foral 2/2025 ha creado un nuevo incentivo (art. 66 decies) para mujeres y jóvenes, pero no ha eliminado el artículo 66, que sigue aplicando a otros colectivos con condiciones más estrictas.
Cuánto: 35% del salario bruto anual, con límite del SMI vigente.
Requisitos:
Salario inicial ≥ SMI +10%.
A los 3 años ≥ 70% del SMI.
Mantener plantilla indefinida durante 3 años.
Ejemplo: Mujer 40 años, salario 20.000 €. Límite = SMI (16.576 €). Deducción = 35% de 20.000 = 7.000 €.
Cuánto: 50% del salario bruto anual, con límite del SMI.
Requisito clave: Salario inicial ≥ SMI +70% (mucho más exigente).
Ejemplo: Hombre 48 años, salario 20.000 €. No cumple (mínimo exigido = 28.179 €). Si cumpliera, deducción hasta 15.000 €.
Grado 33% – 65%: 9.000 € por incremento de plantilla.
Grado ≥65%: 12.000 € por incremento de plantilla.
Aplica aunque la persona contratada sea también mujer o joven, pero no se pueden acumular ambas deducciones: hay que optar por la más ventajosa.
Cualquier contrato indefinido con salario ≥ SMI +70% → 25% del salario bruto, máx. 50% del SMI.
Contratos a tiempo parcial → deducciones proporcionales a la jornada. Jornada completa 7.500 €
Supuesto: SMI 2025 = 16.576 € brutos/año
| Colectivo contratado | Cuantía deducción | Requisitos aplicables | Ejemplo salario 20.000 € | Ejemplo salario 30.000 € |
|---|---|---|---|---|
| Mujeres (cualquier edad) | 35% del salario bruto anual, máx. SMI | Salario ≥ SMI +10% al inicio y ≥70% SMI a los 3 años. Mantener plantilla 3 años. | 7.000 € | 10.500 € |
| Menores de 36 años | 35% del salario bruto anual, máx. SMI | Igual que mujeres. | 7.000 € | 10.500 € |
| Mayores de 45 años | 50% salario bruto anual, máx. SMI | Salario inicial ≥ SMI +70%. Mantener plantilla 3 años. | 0 € (no cumple mínimo) | 15.000 € |
| Parados de larga duración | 50% salario bruto anual, máx. SMI | Igual que mayores de 45: salario inicial ≥ SMI +70%. | 0 € | 15.000 € |
| Discapacidad 33%–65% | 9.000 € fijos | Por incremento de plantilla. Mantener contrato y plantilla 3 años. | 9.000 € | 9.000 € |
| Discapacidad ≥65% | 12.000 € fijos | Igual que anterior. | 12.000 € | 12.000 € |
| Otros contratos indefinidos | 25% salario bruto anual, máx. 50% SMI | Salario inicial ≥ SMI +70%. Mantener plantilla 3 años. | 0 € | 7.500 € |
Una doble oportunidad para las compañías: ahorrar impuestos y, al mismo tiempo, reforzar su compromiso con la igualdad, la conciliación y el empleo estable.

Coméntanos en que te podemos ayudar y te responderemos en 24 horas.
escribe tu mensaje
Podemos vernos en nuestras oficinas o te hacemos una visita, ¡lo que prefieras!
solicita una reunión
SALARIO MÍNIMO EN 2026 El gobierno ha aprobado una subida del 3,1% del Salario Mínimo Interprofesional en 2026: será de 1.221 [...]
Leer más
Desde Proyecta , sabemos lo crucial que es estar al tanto de las obligaciones laborales para asegurar el correcto funcionamiento de tu [...]
Leer más
El Calendario Laboral de Bizkaia 2026 ya está disponible. En esta guía de Proyecta Asesoría te mostramos todos los festivos del País [...]
Leer másContacta ahora con nosotros