Bizkaia 2025: ventajas fiscales para empresas que impulsan la conciliación y contratan mujeres y menores de 36 años

Bizkaia 2025: ventajas fiscales para empresas que impulsan la conciliación y contratan mujeres y menores de 36 años



La Norma Foral 2/2025 introduce importantes beneficios fiscales para empresas en Bizkaia 2025 que contratan mujeres, jóvenes y aplican medidas de conciliación. Estas nuevas deducciones en el Impuesto sobre Sociedades buscan premiar a las compañías que van más allá de lo exigido por ley, fomentando la igualdad de oportunidades, el empleo estable y la conciliación laboral.


1. Deducción por implantación de medidas de conciliación (art. 66 sexies NFIS)

✅ ¿Qué medidas cuentan?

Flexibilidad horaria, jornada continua, teletrabajo, reducciones de jornada, excedencias, guardería gratuita, transporte…

✅ Requisitos

  • Deben recogerse en un Plan de Conciliación.

  • Han de superar lo exigido por la ley (es decir, no basta con lo mínimo obligatorio).

  • Deben estar disponibles para toda la plantilla susceptible.

Ejemplos de lo que SÍ y NO aplica:

  • ❌ No deduce: conceder la reducción de jornada por cuidado de hijos menores de 12 años (ya lo reconoce la ley).

  • ✅ Sí deduce: ofrecer 2 tardes libres al mes a toda la plantilla para conciliación.

  • ❌ No deduce: permiso de lactancia (obligatorio).

  • ✅ Sí deduce: financiar guardería gratuita o habilitar una sala de lactancia.

  • ✅ Sí deduce: implantar teletrabajo voluntario, aunque no exista obligación legal.

✅ Porcentajes de deducción

  • 5% de la cuota líquida (máx. 2.500 €) en el ejercicio en que se apruebe el plan.

  • 15% de la cuota líquida (máx. 7.500 €) si al menos 1/3 de la plantilla se acoge a esas medidas.

  • Microempresas y pymes: +5 puntos → 10% y 20% respectivamente (con los mismos límites).

Ejemplo práctico:
Una pyme aprueba en 2025 teletrabajo voluntario y el 40% de la plantilla se acoge.
→ Puede deducir el 20% de su cuota líquida, hasta 7.500 €.


2. Deducción por creación de empleo para mujeres y menores de 36 años (art. 66 decies NFIS)

✅ ¿A quién se aplica?

A las empresas que hagan contratos indefinidos a:

  • Mujeres.

  • Jóvenes menores de 36 años.

✅ Cuánto es la deducción

  • 35% del salario anual bruto.

  • Con límite: el importe del SMI vigente en el momento de la contratación (en 2025 ≈ 16.576 € brutos/año).

✅ Condiciones

  • El salario inicial debe superar en un 10% el SMI.

  • A los 3 años, el salario que perciba debe superar en, al menos, el 70% del SMI vigente.
    ⚠️ Importante: esto no significa que se pueda pagar menos del SMI en jornada completa (eso lo prohíbe la ley laboral). Este umbral solo tiene sentido en contratos a tiempo parcial, donde el salario se ajusta proporcionalmente a la jornada.

  • La empresa debe mantener o incrementar su plantilla indefinida durante esos 3 años.

  • Si se incumple → habrá que regularizar y devolver lo deducido con intereses.

Ejemplo práctico:
Una empresa contrata en 2025 a una mujer de 28 años con salario bruto 25.000 €.

  • SMI 2025 = 16.576 €.

  • Límite deducción = 16.576 €.

  • Deducción aplicable = 35% de 16.576 € = 5.556 €.

La empresa podrá deducirse esa cantidad en su Impuesto sobre Sociedades.


3. Deducciones por contratación: cómo queda cada colectivo en Bizkaia (IS 2025)

Como hemos visto en los apartados anteriores, la Norma Foral 2/2025 ha creado un nuevo incentivo (art. 66 decies) para mujeres y jóvenes, pero no ha eliminado el artículo 66, que sigue aplicando a otros colectivos con condiciones más estrictas.

Mujeres y menores de 36 años → art. 66 decies NFIS

  • Cuánto: 35% del salario bruto anual, con límite del SMI vigente.

  • Requisitos:

    • Salario inicial ≥ SMI +10%.

    • A los 3 años ≥ 70% del SMI.

    • Mantener plantilla indefinida durante 3 años.

  • Ejemplo: Mujer 40 años, salario 20.000 €. Límite = SMI (16.576 €). Deducción = 35% de 20.000 = 7.000 €.

Mayores de 45 años y personas desempleadas de larga duración → art. 66 NFIS

  • Cuánto: 50% del salario bruto anual, con límite del SMI.

  • Requisito clave: Salario inicial ≥ SMI +70% (mucho más exigente).

  • Ejemplo: Hombre 48 años, salario 20.000 €. No cumple (mínimo exigido = 28.179 €). Si cumpliera, deducción hasta 15.000 €.

Personas con discapacidad → art. 66 NFIS (remisión estatal)

  • Grado 33% – 65%: 9.000 € por incremento de plantilla.

  • Grado ≥65%: 12.000 € por incremento de plantilla.

  • Aplica aunque la persona contratada sea también mujer o joven, pero no se pueden acumular ambas deducciones: hay que optar por la más ventajosa.

Otros supuestos (art. 66 NFIS)

  • Cualquier contrato indefinido con salario ≥ SMI +70% → 25% del salario bruto, máx. 50% del SMI.

  • Contratos a tiempo parcial → deducciones proporcionales a la jornada. Jornada completa 7.500 €


Deducciones en el IS Bizkaia 2025 por contratación indefinida

Supuesto: SMI 2025 = 16.576 € brutos/año

Colectivo contratado Cuantía deducción Requisitos aplicables Ejemplo salario 20.000 € Ejemplo salario 30.000 €
Mujeres (cualquier edad) 35% del salario bruto anual, máx. SMI Salario ≥ SMI +10% al inicio y ≥70% SMI a los 3 años. Mantener plantilla 3 años. 7.000 € 10.500 €
Menores de 36 años 35% del salario bruto anual, máx. SMI Igual que mujeres. 7.000 € 10.500 €
Mayores de 45 años 50% salario bruto anual, máx. SMI Salario inicial ≥ SMI +70%. Mantener plantilla 3 años. 0 € (no cumple mínimo) 15.000 €
Parados de larga duración 50% salario bruto anual, máx. SMI Igual que mayores de 45: salario inicial ≥ SMI +70%. 0 € 15.000 €
Discapacidad 33%–65% 9.000 € fijos Por incremento de plantilla. Mantener contrato y plantilla 3 años. 9.000 € 9.000 €
Discapacidad ≥65% 12.000 € fijos Igual que anterior. 12.000 € 12.000 €
Otros contratos indefinidos 25% salario bruto anual, máx. 50% SMI Salario inicial ≥ SMI +70%. Mantener plantilla 3 años. 0 € 7.500 €

 

Una doble oportunidad para las compañías: ahorrar impuestos y, al mismo tiempo, reforzar su compromiso con la igualdad, la conciliación y el empleo estable.

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