Bizkaia 2025–2035: ventajas fiscales para empresas sostenibles

Bizkaia 2025–2035: ventajas fiscales para empresas sostenibles



Para SOCIEDADES

A) Vehículos eléctricos en empresas: amortización más rápida y deducción total

  1. ¿Qué cambia con la nueva norma 2/2025 de 9 de abril?

Hasta 2024, las empresas tenían límites generales más bajos para deducir los gastos de sus vehículos.
Desde 2025, si el vehículo es eléctrico “cero emisiones” (BEV, REEV, FCV, FCHV), se permite:

  • Micro y pequeñas empresas
    Pueden amortizar libremente sus vehículos eléctricos nuevos.
    Límite: 20.000 € por vehículo.
    Si el coche se usa en exclusiva para la empresa o se imputa como retribución en especie al trabajador → el límite sube a 40.000 €.

  • Medianas empresas
    No tienen libertad total, pero sí una amortización acelerada: multiplican ×1,5 el coeficiente máximo.
    Con los mismos topes (20.000 € o 40.000 € en caso de uso exclusivo/retribución en especie).

  • Grandes empresas
    Se quedan con el régimen general, con los límites de deducibilidad ampliados para eléctricos (igual que en IRPF).

  1. ¿Qué significa en la práctica?
    Amortizar más rápido = recuperar antes vía impuestos lo que has invertido en el vehículo.
    En pymes, incluso se puede meter todo de golpe (amortización libre).

  2. Ejemplos claros

Ejemplo 1: microempresa con furgoneta eléctrica
Una microempresa compra en 2026 una furgoneta eléctrica por 30.000 € para reparto.

  • Puede amortizar libremente hasta 20.000 € en el primer año.

  • Los 10.000 € restantes, al ritmo normal de amortización.

  • Si se prueba uso exclusivo → podría llegar a 40.000 €, cubriendo toda la inversión.

Ejemplo 2: pyme con coche eléctrico para un comercial
Una pequeña empresa compra un turismo eléctrico por 35.000 €.

  • Límite amortizable en el primer año: 20.000 €.

  • Si demuestra que el coche es uso exclusivo de la actividad → límite sube a 40.000 €, por lo que podría deducirlo entero.

Ejemplo 3: mediana empresa con amortización acelerada
Una mediana empresa adquiere una flota de turismos eléctricos.

  • Coeficiente máximo normal = 16%.

  • Con la nueva norma: 16% × 1,5 = 24%.

  • Esto permite deducir antes la inversión, mejorando la liquidez.

  1. Antes vs ahora

Hasta 2024 Desde 2025 (NF 2/2025)
Deducciones limitadas a 30.000 € en eléctricos, sin libertad para amortizar. Micro y pequeñas: amortización libre hasta 20.000 € (40.000 € uso exclusivo).
Medianas: amortización normal. Medianas: amortización acelerada ×1,5 (con mismos límites).
Grandes: régimen general con topes más bajos. Grandes: siguen con general, pero con límites ampliados a 40.000 € en eléctricos.

Idea clave
Con la reforma, Bizkaia facilita a las pymes electrificar su flota:

  • Micro y pequeñas pueden deducir de golpe gran parte del coste.

  • Medianas aceleran la deducción.

  • En todos los casos, los límites suben de 30.000 € a 40.000 € para vehículos eléctricos.


B) I+D Verde: nuevas deducciones por proyectos que reducen el impacto ambiental

  1. ¿Qué cambia con la norma?

Hasta ahora ya existían deducciones por I+D, pero la NF 2/2025 refuerza las ligadas a la transición ecológica:

  • Se premian los proyectos de investigación y desarrollo que reduzcan de forma sustancial el impacto ambiental negativo.

  • Se diferencian dos niveles de deducción:

    • 30%: I+D en general.

    • 35%: I+D “verde” (impacto ambiental).

  • Si el gasto actual de I+D supera la media de los dos años anteriores:

    • 50% sobre el exceso (I+D general).

    • 55% sobre el exceso (I+D verde).

  • Deducción adicional del 20% por determinados gastos estratégicos (personal investigador exclusivo, proyectos contratados con universidades/centros tecnológicos, o con microempresas innovadoras).

  1. ¿Qué significa en la práctica?
    Las empresas que apuesten por proyectos verdes —energías renovables, economía circular, reducción de emisiones, depuración de aguas, eficiencia industrial— tienen un plus fiscal respecto a otros proyectos de I+D.

  2. Ejemplos claros

Ejemplo 1: proyecto verde en una pyme industrial
Una pyme de Basauri invierte 200.000 € en un proyecto de I+D para reducir emisiones en sus procesos productivos.

  • Base de deducción: 200.000 €.

  • Por ser I+D verde → 35% = 70.000 € deducibles en su Impuesto de Sociedades.

Ejemplo 2: gasto superior a la media de los 2 años anteriores
Una empresa tecnológica había gastado en I+D los años previos una media de 100.000 €/año.
En 2026 invierte 160.000 € en un proyecto de eficiencia energética.

  • Hasta la media (100.000 €): 35% = 35.000 €.

  • Sobre el exceso (60.000 €): 55% = 33.000 €.

  • Total deducción = 68.000 €.

Ejemplo 3: personal investigador
Una cooperativa de Mondragón contrata a dos ingenieras exclusivamente para proyectos de descarbonización.

  • Coste anual: 80.000 €.

  • Además de la deducción del 35% por I+D verde, aplica un +20% adicional sobre esos gastos → 16.000 € extra de deducción.

Idea clave
Las empresas de Bizkaia que apuesten por investigación en sostenibilidad tienen un beneficio fiscal superior: hasta un 55% del gasto deducible y un +20% extra en algunos casos.


C) Deducción por inversiones verdes en empresas (art. 65 NFIS)

  1. ¿Qué cambia con la norma?

Antes de 2025 ya existía una deducción por inversiones medioambientales, pero era más limitada (15% o 30% según el caso).
Con la NF 2/2025 se refuerza y se centra en proyectos de descarbonización, renovables y economía circular:

  • 35% de deducción en inversiones que consistan en:

    • Instalaciones de energía renovable (solar, eólica, biomasa, etc.).

    • Equipos eficientes energéticamente.

    • Infraestructuras de transporte/distribución de energía renovable.

    • Equipos del Listado Vasco de Tecnologías Limpias (LVTL).

    • Instalaciones para captura y uso de emisiones.

    • Equipos para reciclaje y valorización de residuos (economía circular).

  • 15% de deducción en inversiones como:

    • Limpieza de suelos contaminados.

    • Regeneración ambiental de espacios naturales.

    • Depuración de aguas y reducción de consumo.

    • Movilidad sostenible (excepto transporte terrestre).

    • Sustitución de equipos por otros con mejores técnicas disponibles (Directiva 2010/75/UE).

  1. ¿Qué significa en la práctica?
    La Diputación de Bizkaia quiere que las empresas inviertan en renovables, reciclaje y eficiencia, y premia con deducciones muy potentes (hasta un 35%).
    Además, se exige documentación técnica (certificados o informes motivados del Gobierno Vasco o Diputación) que acrediten que las inversiones cumplen los requisitos.

  2. Ejemplos claros

Ejemplo 1: instalación solar en fábrica
Una pyme invierte 100.000 € en placas solares para autoconsumo en su nave.
Deducción: 35% = 35.000 € en IS.

♻️ Ejemplo 2: limpieza de suelos contaminados
Una empresa destina 50.000 € a limpiar suelos contaminados en un terreno industrial.
Deducción: 15% = 7.500 €.

Ejemplo 3: reciclaje y economía circular
Una cooperativa invierte 200.000 € en una planta para reciclar plásticos.
Deducción: 35% = 70.000 €.

 

Idea clave
Ahora las empresas que apuesten por la transición energética y la economía circular pueden deducir hasta un 35% de su inversión en el Impuesto sobre Sociedades, con un refuerzo claro respecto al régimen anterior.


D) Deducción por bicicletas urbanas e infraestructuras (art. 66 nonies NFIS)

  1. ¿Qué cambia con la norma?

Se introduce una deducción específica para empresas que apuesten por la movilidad sostenible de sus trabajadores:

  • 10% de deducción en el IS por:

    • Compra de bicicletas urbanas para uso de empleados (incluye bicis con pedaleo asistido eléctrico).

    • Inversiones en aparcamientos o instalaciones adaptadas para bicicletas.

  • Límites de base deducible:

    • 3.000 € por bicicleta eléctrica.

    • 500 € por bicicleta convencional.

    • Base total:

      • 15.000 €/año para micro y pequeñas empresas.

      • 20.000 €/año para el resto.

    • Aparcamientos bici: +10.000 € de límite extra.

  1. ¿Qué significa en la práctica?
    Las empresas que faciliten a sus trabajadores desplazarse en bici al trabajo podrán deducir un 10% de esa inversión en el Impuesto sobre Sociedades.

  2. Ejemplos claros

Ejemplo 1: pyme con bicis eléctricas
Una pyme compra 5 bicis eléctricas para su plantilla.

  • Coste: 15.000 € (3.000 €/unidad).

  • Límite por bici = 3.000 € → toda la inversión entra.

  • Base total ≤ 15.000 € (tope pymes).

  • Deducción: 10% = 1.500 €.

Ejemplo 2: empresa mediana con bicis normales
Una empresa compra 20 bicis urbanas convencionales.

  • Coste: 10.000 € (500 €/unidad).

  • Límite por bici = 500 € → toda la inversión entra.

  • Base total ≤ 20.000 € (tope medianas/grandes).

  • Deducción: 10% = 1.000 €.

Ejemplo 3: aparcamiento para bicis
Una microempresa instala aparcamientos por valor de 8.000 €.

  • Límite aparcamiento = 10.000 €.

  • Deducción: 10% = 800 €.

Idea clave

Las empresas pueden deducirse un 10% de lo invertido en bicis urbanas y aparcamientos para sus trabajadores, con límites específicos según el tamaño de la empresa.

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