Subvención para Contratar a Jóvenes desempleados en el País Vasco

Subvención para Contratar a Jóvenes desempleados en el País Vasco

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¿Estás pensando en contratar trabajadores? El Gobierno Vasco ha abierto recientemente la convocatoria para solicitar una subvención para contratar personas jóvenes desempleadas y residentes en el País Vasco.

Sigue leyendo para saber qué se subvenciona y cómo puedes solicitar esta subvención.

¿Qué se subvenciona?

Los contratos realizados desde el 28 de marzo al 30 de noviembre de 2015 a jóvenes desempleados inscritos en Lanbide y con domicilio en el País Vasco. Los jóvenes deben tener entre 16 y 30 años.

Estos contratos pueden ser:

1. Contratos en prácticas de 6 o 12 meses de duración con una jornada laboral de más del 70%.
2. Contratos indefinidos con un jornada laboral de más del 70%.

La contratación deberá referirse a los puestos de trabajo adecuados al nivel de estudios (título superior, grado medio, FP II, FP I).
La contratación deberá suponer creación neta de empleo.

¿Cuál es el importe de la subvención?

En los contratos indefinidos se subvenciona el 50% del salario bruto anual del primer año. La cuantía máxima de subvención por jornada completa es de 6.700 € por contrato.
En los contratos en prácticas se determina en función de la titulación académica. Para jornadas completas, mínimo 2.800 € (FPII) y máximo 4.500 € (Grado universitario). Si las prácticas son de al menos 12 meses, se incrementa un 10%.
Todas las cuantías anteriores se incrementan un 10% si se contrata a mujeres.

[Tweet «Lanbide subvenciona hasta 6.700 euros por contrato, si contratas a un joven desempleado del País Vasco «]

¿Hasta cuándo se puede solicitar?

El plazo de solicitud es hasta el 20 de Noviembre 2015.

[Tweet «Solicita la Subvención de Lanbide para la contratación de jóvenes desempleados en el País Vasco. Plazo hasta noviembre. «]

¿Cómo puedes solicitarla?

Esta subvención la puedes solicitar desde el Departamento de Administración de tu empresa o, si prefieres, puedes contratar la solicitud y gestión de la misma a Proyecta Asesoría Integral.

En el caso de que decidas hacerlo desde tu empresa, los pasos a seguir son los siguientes, tal y como se detalla en la resolución de 25 de Marzo 2015 (BOPV 27 de Marzo):
La solicitud debe hacerse mediante los modelos oficiales recogidos en el Anexos II, que se encontrará disponible en www.lanbide.eus, o en las oficinas de Lanbide.
1. Fotocopia del D.N.I. de la persona representante legal o autorización para la verificación electrónica de sus datos.
2. Fotocopia de los poderes notariales que acrediten su representación.
3. Fotocopia de la tarjeta de identificación fiscal de la empresa.
4, Copia de las Escrituras actualizadas de constitución de la empresa u otro documento de constitución de la Entidad.
5. Copia de la comunicación efectuada a la RLT.
6. Documento de Alta de Terceros Interesado.

En el caso de que decidas que desde Proyecta realicemos todos los trámites necesarios para la gestión de la solicitud de esta subvención no dudes en avisarnos.

Si tienes cualquier tipo de duda, ¡estaremos encantados de ayudarte!
Un saludo,

El equipo de Proyecta


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