Varias sentencias judiciales recientes han resuelto que los autónomos societarios puedan beneficiarse de la tarifa plana de 50 euros, y no sólo eso, sino que incluso puedan demandar a la Seguridad Social con efectos retroactivos todos aquellos autónomos societarios dados de alta tras el 24 de febrero de 2013, solicitando la devolución de las cuotas de más que han pagado en estos años.
Aunque estas sentencias aún no crean jurisprudencia ni obligan a la Seguridad Social a la devolución automática de tal concepto, entendemos que sería posible solicitar tal devolución en base a las mismas.
Desde Proyecta y su departamento jurídico nos ponemos a tu disposición para tramitar esta solicitud, tanto en vía administrativa como, si fuera necesario, en vía judicial (ante el Tribunal Superior de Justicia).
Los honorarios por nuestros servicios puedes adquirirlos desde 100 euros, consúltanos. Estas son las opciones que te ofrecemos:
1.- Vía administrativa (al menos hay que hacer dos recursos):
2.- Vía judicial:
Estamos a tu disposición para cualquier consulta y/o aclaración que sobre el tema desees hacernos.
Responsable del Dpto. Jurídico de Proyecta.
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