Hoy día 8 desde que se decretó el Estado de Alarma, nos han anunciado que se prorroga, por lo menos, hasta el próximo 12 de Abril.
El Estado de Alarma se prorroga y con ello, las dudas sobre nuestras obligaciones con el pago de las facturas pendientes.
En este caso podemos diferenciar entre dos supuestos:
1) Que la actividad de tu empresa sea una de las que NO ha sido suspendida por el Decreto del Estado de Alarma. En este caso tampoco existirá ninguna exoneración de pago de la renta mensual, pues el disfrute del local, oficina o nave industrial depende única y exclusivamente de la voluntad del arrendatario.
2) Que la actividad sea una de las que ha sido SUSPENDIDA el Decreto del Estado de Alarma . En este caso, por aplicación del artículo 1105 de Código Civil, nos encontramos ante un supuesto de exoneración de rentas por fuerza mayor; por lo que, en aplicación de la doctrina “rebus sic stantibus”, el arrendatario quedará exonerado del pago de la renta desde la fecha de entrada en vigor del Decreto del Estado de Alarma.
Es decir, que referente al corriente mes de marzo, existe obligación de pagar la renta a prorrata por el periodo comprendido entre el día 1 y el día 14 de marzo,
Esta exención se mantendrá mientras se mantenga la declaración de estado de alarma. Eso sí, el arrendatario deberá notificar fehacientemente al propietario esta circunstancia. Desde PROYECTA te ofrecemos la posibilidad de enviar un burofax a tu nombre al propietario, a los efectos de dejar constancia de tu voluntad de negociación, y que comiences la misma en cuanto sea posible.
La anterior exoneración de rentas por causa de fuerza mayor tampoco puede constituir un daño para el propietario, que se ve constreñido a sufrir un daño patrimonial sin que quepa achacar responsabilidad a nadie. En este caso, el arrendador podrá oponerse como medida al menos para hacer valer su derecho posterior frente a la administración.
En cualquier caso, haya sido suspendida o no la actividad de tu empresa, os aconsejamos encontrar un punto en común con el propietario del local, que permita reconducir la relación arrendaticia que os une, por lo que proponemos abrir una fase de diálogo, con el fin de tratar a la mayor brevedad la grave coyuntura actual.
Cualquier duda, puedes consultarnos en el apartado de contacto de esta misma web.
Mucho ánimo.
Irene Sáez
Gerente en Proyecta Asesoría Integral.
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